viernes, 26 de octubre de 2012


Cómo se financiará el Bono de Desarrollo Humano?


Fecha: 26/10/2012

Con la reforma a tres cuerpos legales, se aumenta la carga tributaria de los bancos, se grava con el Impuesto al Valor Agregado a los servicios bancarios, mientras al SRI se le otorga la posibilidad de solicitar información, antes confidencial, de los clientes de la banca.

Asamblea empezó a tratar la reforma.

Las reformas propuestas por el Presidente de la República y enviadas como ley de carácter urgente proponen en primer lugar, eliminar el beneficio de reducción del 10 por ciento del Impuesto a la Renta, del que venían disfrutando las instituciones financieras que reinvertían sus utilidades. La norma anterior buscaba alentar el aumento de capital de los bancos con miras a facilitar el crédito a los sectores productivos.

Además se establece que para el cálculo del anticipo al Impuesto a la Renta, los bancos y los emisores de tarjetas de crédito deban cancelar el tres por ciento de los ingresos gravables del año anterior. El mismo artículo, sin embrago, abre la posibilidad futura de que mediante decreto ejecutivo se reduzca en uno por ciento esta imposición tributaria. Para otros sectores de la economía, actualmente se aplican porcentajes de apenas el 0,4 por ciento.

El párrafo cuarto del primer artículo de la reforma, suprime a los servicios bancarios de la lista de 15 servicios a los que no se cobra el Impuesto al Valor Agregado. Por tanto, estos servicios pasarían a pagar el 12 por ciento de IVA. Es la única norma que no afectaría directamente a los accionistas, sino a los clientes de la banca.

Así mismo, el Servicios de Rentas Internas (SRI) tendrá un nuevo mecanismo de control. El SRI podrá acceder a la información de los estados de cuenta de cada uno de los clientes de los bancos, según se desprende de la propuesta gubernamental. Eso significa que el ente de control podrá solicitar los datos que crea necesarios “para sus fines de gestión, control, determinación y recaudación tributaria”, indica el proyecto urgente de Ley Orgánica de Redistribución del Gasto Social que ya está en trámite en la Asamblea Nacional.

Incluso habría sanciones de hasta 73.000 dólares a las instituciones financieras que no entreguen oportunamente la información al SRI.

Las dos últimas reformas crean un impuesto mensual del 0,25 por ciento a los dineros que los bancos tengan depositados en el exterior. Y si éstos están en territorios considerados como paraísos fiscales, el porcentaje sube al 0,35 por ciento mensual. Para los bancos, estos depósitos sirven de respaldo ante eventuales problemas de liquidez. La medida en cambio tiende a que sean repatriados e invertidos en el país.

Por último se da atribuciones a la Junta Bancaria para que fije el monto máximo de los sueldos de los administradores y representantes legales de los bancos.

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